miércoles, 30 de septiembre de 2015

En la Argentina, a partir del 1ero de Agosto de 2015, los oficiales del Registro Civil pueden negarse a celebrar matrimonoides gays



Al contrario que en USA con el caso Kim Davis  en la Argentina ningún oficial del Registro civil debería ir preso por negarse a celebrar un matrimonide gay: es el único recurso válido para evitar que se genere un niño deliberadamente privado de padre o de madre. 

El Papa recibió a Kim Davis, la activista contra los matrimonios gais en EE UU. EL PAIS.es


Los oficiales del registro civil pueden, en la República Argentina, negarse a celebrar matrimonoides gays (Diccionario RAE sufijo oide "con forma de", "parecido a") por "objeción constitucional". Si bien la Corte Suprema reconoció la objeción de conciencia por motivos religiosos a partir del caso "Portillo" en este tema la situación es mucho más clara y no hace falta recurrir a cuestiones confesionales. En efecto, desde el 1ero de Agosto fecha de entrada en vigencia del nuevo código civil se impone, por vía de las "presunciones" del art. 566 junto con la prohibición de acciones filiatorias del art. 577, la privación a algunos niños de su filiación materna o paterna en el caso de los absurdamente llamados "matrimonios" entre personas del mismo sexo, lo cual es claramente discriminatorio para dichos niños además de violar el derecho de identidad y el de conocer a su padre y a su madre consagrados por los arts. 7 y 8 de la convención de los derechos del niño incorporada a la constitución nacional (Art. 75 inc 22) Se da el caso que toda acción judicial que el oficial del registro civil podría intentar sería inoficiosa pues ya al día siguiente del "matrimonio" podría ser concebido el niño así privado deliberadamente por disposición legal de padre o de madre. Por lo tanto para evitar un mal inconstitucional, el oficial público no tiene otra vía idónea que la de abstenerse de ejecutar el acto.

lunes, 28 de septiembre de 2015

Otro abuso de la "voluntad procreacional". Obligan a una obra social a generar un huérfano de padre sin ninguna prescripción médica.

Niños deliberadamente huérfanos de padre. El nuevo modelo de la ideología de género


Ordenan al Iapos reconocer tratamiento de fertilización a mujer sin pareja conviviente. LA CAPITAL


Abuso absoluto. Ya de por sí es inconveniente la uniparentalidad maternal deliberada, más aún que se obligue a un sistema de salud solidario a costear un egoísmo adultocéntrico sin ninguna prescripción médica para generar un niño huérfano de padre y desplazando recursos de prestaciones prioritarias (transplantes, tratamientos prolongados, medicamentos especiales, etc.). Triste desborde de la eufemística "voluntad procreacional" y consagración remunerada de la voluntad abandónica del padre masculino a costa de recursos públicos.

Nota: Por la publicación de este mensaje fui censurado y bloqueado en el grupo de Facebook  "Derecho Civil Argentino" cuyo administrador es el Dr. Marcelo Lopez Mesa. 

martes, 8 de septiembre de 2015

Nuevo intento para legalizar los vientres abandónicos con bien intencionadas pero absolutamente ineficaces prevenciones "humanitarias". El proyecto de la Senadora Montero no eliminará la explotación de mujeres pobres en la prostitución de úteros ni evitará el abandono de chicos "defectuosos"



Evitemoslo

Hoy se realizó la audiencia convocada por la Senadora Laura Montero para tratar su proyecto de ley ( Ver aquí ) sobre la eufemísticamente e incorrectamente -desde el punto de vista estrictamente técnico- llamada "Gestación por sustitución" y también "maternidad subrogada" En solo 3 o 4 minutos (porque los tiempos realmente no daban) pude exponer un resumen de los argumentos no solo a nivel macro (que aconsejan no reconocer la gestación en vientre abandónico en ningún caso, salvo por parientes hasta 2do grado consanguineos o afines -madre-hermana-suegra-cuñada-hijas ) sino también a nivel micro algunos puntos del articulado del proyecto que revelan excesos (por ejemplo la posibilidad de que niñas desde los 13 años sean volcadas al mercado de la prostitución de úteros, y la aceptación de "gestantes" extranjeras, lo cual legalizará la trata internacional de vientres en nuestro país) como asimismo señalar la utopia de combatir a los proxenetas del negocio una vez que se lanza la plataforma básica del mismo (a la semana de aprobarse la ley tendríamos páginas web de "mujeres solidarias" que ofrecen sus "servicios" con los traficantes tras bambalinas) , la imposibilidad de evitar eficazmente el rechazo de chicos "defectuosos" -hay un lógica comercial infranqueable- la privación de la lactancia materna, la defraudación de identidad, la privación deliberada de madre en la paternización fraudulenta masculina, etc. El proyecto pasará ahora a comisión donde proseguirá el debate.

Mi análisis y crítica del proyecto aquí