domingo, 10 de marzo de 2013
Inhumanidades de la reproducción fraudulenta, museo de terror que se quiere traer a nuestro país en la reforma del codigo civil
La eufemística llamada "reproducción asistida" en el proyecto de reforma del código civil es en realidad un sistema de reproducción fraudulenta porque consiste esencialmente en hacer pasar a un niño como hijo de otra persona de quien en realidad lo es.
Ver al respecto mi ponencia ante la comisión bicameral de reforma del código civil.
La llamada "voluntad procreacional" consagra, estimula y justifica la voluntad abandónica de los reales padres biológicos y pone por encima del derecho de los niños tener padres un supuesto derecho de los adultos a tener hijos.
Han llegado a periódicos internacionales -no a nuestro país- dos noticias de los resultados catastróficos a que dichas manipulaciones pueden dar lugar y los extremos inhumanos que pueden utilizarse para lograr el fraude reproductivo.
La primera noticia viene de Dinamarca:
Donante Danés de esperma pasó severo desorden genético a cinco niños. THE TELEGRAPH (En Inglés)
En Dinamarca un traficante de semen que engendró 43 niños (43 hermanos que se desconocerán entre sí y no sabrán que lo son) pasó un grave desorden genético que produce tumores nerviosos a 5 de ellos. El centro de reproduccion fraudulenta Danés (Nordisk cryobank, uno de los más grandes del mundo y que "exporta" semen de individuos abandónicos a muchos países) siguió utilizando al traficante aún después de conocer que uno de los niños tenía esa enfermedad genética y será demandado. ¿Indemnización por "vicios redhibitorios" de la "cosa" por la "garantía de saneamiento" (Artículos 1051 y 1052 del proyecto) o habrá que aplicar el nuevo art 1014 de nulidad por causa ilícita?. Para encontrar jurisprudencia relativa al comercio de seres humanos vamos a tener que remontarnos a "antecedentes" de la trata de esclavos.
El comprador de un esclavo podía obtener del vendedor la garantía de anulación del trato o redhibitoria en caso de que llegase a manifestar algún defecto o enfermedad no declarado en el momento de la transacción. Por lo general, esta garantía tenía un cubrimiento de dos o tres meses, lo cual se hacía constar debidamente en el documento de venta. También podía optar la "disminución de cuartas" o sea una disminución proporcional del precio pagado." La Trata de Negros por Cartagena de Indias", Jorge Palacios Preciado.
Si esto pasa en la "adelantada" Dinamarca, ¿se imaginan lo que será en nuestro país con los "controles" argentos si se aprueba la reforma del código civil...?
La otra noticia que quiero comentar es de Estados Unidos.
Ofrecen 10 mil dolares a madre de alquiler para que aborte tras saber problemas del bebé CNN.
Es increible el comercio de seres humanos que es la reproducción fraudulenta por tráfico de gametos y prostitución de úteros. En el proyecto de reforma del código civil no hay norma alguna que pueda obligar a abortar a la mujer gestante en caso de malformaciones o diagnósticos intrauterinos desfavorables y los "comitentes" estarían constreñidos a aceptar al niño. Sin embargo, los centros de reproduccion fraudulenta suelen prometer "garantía genética" para la "calidad del producto" a través de sus "donantes" (sic) "rigurosamente seleccionados", por lo cual un bebé "defectuoso" daría lugar a un pleito "indemnizatorio" enmascarado por "mala praxis" del centro aunque en realidad se trate lisa y llanamente de una acción por "vicio redhibitorio" de la "cosa" trasmitida.
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