Mostrando entradas con la etiqueta adopción de niños por parejas homosexuales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta adopción de niños por parejas homosexuales. Mostrar todas las entradas

viernes, 27 de julio de 2012

La mitad de los clientes de los proxenetas de la prostitución de úteros y tráfico de óvulos en la India y USA son gays. Cuatro reflexiones sobre el tema

La industria de la prostitución de úteros: Una niña privada deliberadamente de madre, estafada y engañada con que tiene "dos papás".


Los vientres de alquiler hacen su Agosto con los Gays. LA GACETA (España)


La mitad de los clientes de los proxenetas de la prostitución de úteros y tráfico de óvulos en la India y USA son gays. Otras informaciones dan cuenta que el 80% de los usuarios de los "bancos de esperma" son lesbianas. En nuestro país dos de las redactoras del capítulo de filiación en el proyecto de reforma del código civil reconocen que la legalizacion las técnicas de reproducción fraudulenta (que llaman "fertilización asistida") está motivada por la ley de matrimonoide gay.

A continuación cuatro comentarios alrededor de este tema.

LA INTRODUCCION DE LA PATERMATERNIZACION FRAUDULENTA HOMOSEXUAL COMO MOTIVACION PRINCIPALISiMA DE LA PROYECTADA REFORMA DEL CODIGO CIVIL EN MATERIA DE FILIACION

 Manifestación de las Dras. Marisa Herrera y Eleonora Lamm, coredactoras del capitulo de filiación: "Las TRHA, en cambio, han permitido separar la reproducción humana de la sexualidad; dicho de otro modo, la reproducción es posible sin contacto sexual, consecuentemente, quien aporta el elemento genético puede no ser la misma persona que aporta el elemento biológico o el volitivo. En otras palabras, lo biológico no comprende siempre lo genético, ni lo genético comprende siempre lo biológico. Y esta afirmación se puede corroborar fácilmente tras la sanción de la ley 26.618 y la consecuente visualización acerca de la cantidad de niños que nacen en el marco de parejas del mismo
sexo que ya hoy permite visualizar el Derecho"..."La legislación argentina permite el matrimonio a las parejas del mismo sexo;
la gestación por sustitución es la única opción que tiene una pareja compuesta por dos varones de tener un hijo genéticamente propio (aunque de uno solo de ellos); conforme el principio de igualdad (el mismo que constituyó el pilar del reconocimiento legal de dichas
uniones), si un matrimonio de lesbianas puede generar vínculos filiativos a través de las TRHA, ese derecho también debe ser conferido a una pareja de varones"
 



Aquí el texto de las Dras. Herrera y Lamm

NI HOMOFOBIA NI FAMILIFOBIA

 El homosexualismo político va mucho más allá de las personas homosexuales individualmente consideradas.  Es un vasto movimiento ideológico - comprende obviamente "heterosexuales" y va a la par de otras ideologías nihilistas- que incluye un fuertísimo odio antireligioso que los lleva a odiar el matrimonio y la familia como manifestaciones de la naturaleza brindada por el poder de Dios o sobrenatural. Por lo tanto, señalar el alto componente homosexual en las proyectadas leyes antifamilia no es "homofobia" sino arma de defensa -de la familia, no de la religión- contra la "Familifobia".


UNIPARENTALIDAD HOMOSEXUAL


Las TRHA (técnicas de reproducción humana asistida) nacieron como tratamiento de la infertilidad en el marco de matrimonios que no podían tener hijos por diversas dolencias (es decir como práctica médica). Podía ser homóloga (gametos propios de la pareja) y excepcionalmente heteróloga (auténticos donantes de gametos y aportes altruistas de úteros gestantes por mujeres generalmente del ambiente familiar). En ese marco era fácil concebir leyes restrictivas de las THRA limitándolas a matrimonios legítimos, en el cual los males (pérdida de embriones y supresión de identidad en la fertilización heteróloga) se minimizaban. Pero enseguida empezó la presión de las maternizaciones unilaterales de mujeres (en su mayoría lesbianas) lo cual ya era manifiestamente inadmisible porque legalizaba la THRA no médicas y consagraba la huerfanización deliberada de niños por parte de padre. El círculo terminó de cerrarse ideológicamente con el lobby por el matrimonoide gay a nivel mundial y la legitimación de la uniparentalidad masculina. Hoy la mayoría de los varones que se "paternizan" no solo son gays sino que lo hacen en soledad, ni siquiera en "pareja" (por ejemplo, los casos de Ricky Martin y Ricardo Fort). Con lo cual vemos que a los males intrínsecos de las TRHA (niños mascota privados de identidad, de padre, de madre o de ambos, tráfico de personas, denigración de la mujer, masacre de embriones) debe sumarse el estímulo a la uniparentalidad, tanto femenina como masculina, lo cuál desguarnece adicionalmente a los niños.


ADIOS A LA "ADOPCION HOMOSEXUAL"


 Durante la previa a la aprobación de la ley de matrimonoide gay era legítima la consigna que procuraba prevenir algo obviamente inconveniente para los niños pero que se neutralizó o incluso se volvió en contra: muchas personas de buena fe decían "entre que quede abandonado en un instituto es preferible que sean adoptados por homosexuales". Pues bien, la "adopción homosexual" es un mito: los gays y lesbianas no adoptan sino que encargan sus propios húerfanos 0 km (huérfanos de padre, de madre o de ambos) mediante las diversas técnicas de reproducción fraudulenta.

viernes, 30 de septiembre de 2011

¡¡Lo que les espera a los bebés comprados por Flor de la V!!

Madres lesbianas adoptivas permiten que su niño de 11 años se convierta en niña

¿Hace falta someter a los niños al inhumano experimento de la "familización" homosexual?


"Adoptaron a Thomas Lobel, ahora Tammy, con dos años de edad, y aunque sus madres siempre quisieron que fuera una niña aseguran que nunca le han presionado para que se convierta en mujer. De hecho, una de las primeras cosas que les dijo cuando con tres años pudo hablar fue “yo soy una niña”. Y lo hizo con el lenguaje de signos porque Thomas sufre un defecto en el habla.
Pero no fue hasta los siete años, después de que Thomas intentase mutilarse sus genitales, cuando los psiquiatras le diagnosticaron un trastorno de identidad sexual. Con ocho, convirtió la transición y el pasado verano ha comenzado a tomar la hormona que le impedirá experimentar la pubertad como un chico y no desarrollará unos hombros anchos, voz grave y vello facial".

Son bastantes los estudios (Por ejemplo aquí) que indican que los niños convivientes con homosexuales u uniones homosexuales tienen mayor tendencia a la homosexualidad. Claro que desde el lobby gay se contestará con su habitual estolidez que ello "no tiene nada de malo".

lunes, 13 de junio de 2011

Primero bastardearon el concepto de matrimonio, ahora bastardean el término maternidad

Una maternidad sin panza, sin dolores ni tetas...

Emocionada, Flor de la V habló de su maternidad. LA NACION



Si hay algo que caracteriza a la maternidad (aparte del don que identifica y en cierto modo define el alma femenina) es tener el bebé durante 9 meses en la panza, eventualmente los dolores o molestias del parte natural o por césarea y el amamantamiento. Un hombre siliconado y hormonado como Roberto Carlos Trinidad, por más tráfico de niños que haga a través de un vientre de alquiler o por más DNI femenino que le obsequien ilegalmente no es ni será madre. ¿Qué dirán las feministas de esta supresión de la maternidad del universo femenino, que ya había empezado con la eliminación del término madre en algunos artículos del código civil en virtud de la ley de matrimonoide gay?

viernes, 10 de junio de 2011

Sobre el derecho de los niños a tener padre y madre.




Los niños SIEMPRE tienen padre y madre por más que a través de fraudes, violencia o abandonos éstos no los conozcan, a uno o a los dos de ellos. Por eso la enunciación "derecho a tener padre y madre" es en realidad la simplificación política de una fórmula más compleja que se expresa así: "Derecho de los niños a conocer a sus padres biologicos y de ser criados por ellos". Esta fórmula protectora -que simplemente recoge el deseo más sentido y profundo de todos los niños del mundo, por más que la inhumana "familización" homosexual pretenda negarlo y sin perjuicio de los mecanismos protectores que prevén la pérdida de la patria potestad de los progenitores biológicos en supuestos excepcionales- está consagrada en los artículos 7 y 8 de la Convención Universal de los Derechos del Niño (incorporada a nuestra Constitucion Nacional en virtud de su art. 75, inc. 22).                                                                                               
"Artículo 7
1. El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.

2. Los Estados Partes velarán por la aplicación de estos derechos de conformidad con su legislación nacional y las obligaciones que hayan contraído en virtud de los instrumentos internacionales pertinentes en esta esfera, sobre todo cuando el niño resultara de otro modo apátrida.

Artículo 8
1. Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas.

2. Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad."

miércoles, 8 de junio de 2011

Los mascotizadores de niños quieren liquidar el instituto de la adopción

Jajaja!!. Dos admiradoras del matrimonoide gay, que es desigualitario al privar a algunos niños de su derecho a tener padre y madre y que los hace objeto de un tráfico de seres humanos por la inseminación anónima y el alquiler de vientres, que además les suprime su identidad, presentan un proyecto de "adopción" que liquida la adopción y acentúa el proceso de desfamilización y mascotización de los niños

La adopción pensando en los chicos. PAGINA 12


La diputada María Luisa Storani y la asesora general tutelar Laura Musa, que apoya el proyecto


En lo fundamental y al margen del abundamente sanateo con que se intenta justificarlo, el tardío proyecto Storani-Musa -que pretende oponerse al de la Diputada Cynthia Hotton- liquida en los hechos el instituto de la adopción, al limitar la adopción plena al supuesto de niños sin filiación conocida, transformando en regla lo que era la excepción de la "adopción simple" (en realidad una simple guarda, pero que no da al niño una familia). Además elimina la figura del ABANDONO como supuesto de la adopción, permitiendo que desnaturalizados "padres" abandónicos, maltratadores y abusadores puedan seguir siéndolo y por añadidura logren como premio el concurso de unos niñeros calificados que se harían cargo de esos menores (bajo el eufemismo de "adoptantes simples"). Esos niños, se transformarán en objeto contractual de un verdadero tráfico de personas y tendrán la permanente espada de Damocles que representaría el "retorno" de esos seudo padres, que el proyecto livianamente habilita. La precariedad de la "adopción" que el lamentable proyecto consagra desalentará a los miles de aspirantes a adoptar que aguardan pacientemente. Este proyecto se inscribe en el programa de desfamilización y mascotización de los niños que empezó incluso con bastante anterioridad al dictado de la ley de matrimonoide gay


viernes, 3 de junio de 2011

El "socialismo" de Binner se rasga las vestiduras por la supresión de identidad de menores durante la dictadura pero admite la apropiación de bebés por lesbianas



Inscriben a mellizas con dos madres. LA NACION



La noticia omite mencionar que se trata de una decisión administrativa ilegal del Registro Civil de Rosario (dominado por el "socialismo" de Binner y Lipschiz, que menosprecia la protección de los más débiles),. Ningún otro registro civil d ...el país inscribe la seudo "comaternidad" de lesbianas. El artículo 240 de código civil establece categoricamente que la filiación se determina "por naturaleza o por adopción" y esta ficción fraudulenta no es ninguna de las dos cosas. La ley de "matrimonio" gay no contiene norma alguna que cambie el régimen filiatorio (Tan solo tangencialmente
el nuevo texto del art. 36 de la ley 26413 del Registro Civil y Capacidad de las personas, reformado por la ley 26618, modifica el inciso c) admitiendo que se inscriba solo el "nombre" de la cónyuge lesbiana, pero no como madre, solo como cónyuge de la madre. Incongruenteme esta disposición no se extiende a "matrimonios" homosexuales masculinos) y que estas mujeres estén o no "casadas" no cambia la cuestión. Se está encubriendo un fraude que crea niños huérfanos de padre, impide conocer a las mellizas quien es su verdadera madre biológica y también su padre biológico. Omite la noticia que esas niñas nacieron por inseminación anónima de un individuo masculino abandónico que se prestó para ese fraude de identidad y la maniobra viola los artículos 7 y 8 de la convención universal de los Derechos del niño sobre la preservación de lla identidad de los menores.

domingo, 29 de mayo de 2011

La producción de huérfanos por la "familización" homosexual. Chau a la "adopción" homosexual. El sueño del huérfano propio, con identidad suprimida y estafada. Completo reportaje propagandístico en el diario "progre" Español.

Los hijos más buscados. EL PAIS. España



La práctica de los vientres de alquiler e inseminación en bancos de esperma anónimos, industrializada por gays y lesbianas respectivamente, viola los artículos 7 y 8 de la Convención Universal de los Derechos del Niño. EL PAIS omite además puntualizar que la "maternidad subrogada" sí está prohibida en España (Art. 10 ley 14/2006). En nuestro país configuraría el delito de supresión de identidad (art 139 inc. 2 del código penal). Un lujo inhumano para la mascotización de los niños que empezó para homosexuales burguesones y artistas millonarios (los "tratamientos" cuestan desde u$d 50.000 para arriba) pero que el lobby gay pretende que sea subsidiado por el sistema público y seguros de salud.

miércoles, 27 de abril de 2011

Solo el matrimonio verdadero es igualitario para los niños

Los Reyes del Futuro. ABC.es

Donde el matrimonoide gay no corre...Una recorrida por los matrimonios monárquicos -obviamente entre hombre y mujer- y los herederos al trono, que saben quiénes son su papá y mamá. Solo el matrimonio verdadero es igualitario para los niños.
La prensa mundial, pródiga en tergiversaciones sobre el matrimonio "igualitario" se hace la distraída sobre el verdadero significado del matrimonio que se evidencia -también- en las bodas monárquicas: dar la paternidad masculina cierta y el adecuado marco para el nacimiento y crianza de los hijos.



Dificilmente se admitiría un Rey homosexual que deje la sucesión vacante o que genere un "príncipe" huérfano de padre o de madre o de ambos, con su verdadera identidad suprimida y estafada, resultante de una "ovodonación", trafico de vientres y demás manipulaciones de las patermaternizaciones fraudulentas de algunas parejas homosexuales.
La Constitución Española, que hasta aquí es la que conozco en orden a la organización de la monarquía excluye expresamente la eventualidad de un matrimonoide gay monárquico pues en su art. 58 se refiere a "La Reina consorte o el consorte de la Reina" para la asunción de la Regencia en caso de minoridad del Rey y es uno de los fundamentos -entre tantos- de la inconstitucionalidad de la ley de "matrimonio" homosexual en aquél país.

lunes, 25 de abril de 2011

Un caso en España: el lobby gay exige que la producción de huérfanos sea subsidiada por el sistema público de salud.

Para  jugar a que tienen "dos madres", algunas lesbianas exigen que el Estado legalice, garantice y subsidie los "tratamientos" para el suministro de un espermatozoide anónimo que estafe la identidad de los niños huérfanos así generados

Segunda mujer a la que le impiden inseminarse en Asturias. EL PAIS.COM

Una irreprochable decisión administrativa es meneada en forma crítica por el Diario de mayor circulación en España (El "progre" EL PAIS) con abundante bajada de línea del lobby gay Español. Está claro que el programa del homosexualismo político incluye no solo que se legalice la producción de huérfanos sino que los costosísimos "tratamientos" (no menos de u$s 20.000) sean solventados por el sistema público de salud.


¿No era que la homosexualidad no es una enfermedad?. Insólitos y cambalachianos "fundamentos" del lobby gay: "En el caso de Silvia G. se le dio a entender que buscara por su cuenta a un hombre", dice XEGA, para la que es "inconcebible" que ..."desde la Administración sanitaria se contemple la necesidad de que una mujer lesbiana, bisexual o incluso una mujer heterosexual sin pareja tenga que contar con la intervención de un hombre en este proceso para ser madre". ¿Es "inconcebible" pretender que un niño tenga padre conocido y responsable?
 Surge más imperiosa que nunca la necesidad de una urgente derogación de la ley de matrimonoide gay para que no se siga desguarneciendo también en nuestro país el mejor y insuperable marco para el nacimiento de los niños: con su padre y con su madre.

Ya llega el adoctrinamiento antifamilia en la TV post matrimonoide gay



¿Paka Paka o Pako Pako para todos? Los videos promocionales de este canal siempre muestran chicos en la calle, nunca en su casa con sus padres o en la escuela con sus maestros.
  Anuncian programación del 2011 del canal infantil público "Paka-Paka"

Pakapaka, el canal oficial infantil Kirchnerista anuncia el estreno de "Mi Familia" para chicos de 2 a 5 años a fin de mostrar "la diversidad que existe en el seno de los grupos familiares"...Llega el adoctrinamiento antifamilia post matrimonoide gay a nuestros niños respecto a que da lo mismo que tengan padre y madre o que no los tengan. Hay que verla, apuesto a que será peor que lo imaginable.

miércoles, 30 de marzo de 2011

El bautismo de un huérfano es noticia para Clarín

Por primera vez bautizaron a una beba con dos mamás




Seguramente se bautizan decenas de niños huérfanos por día en la Argentina pero solo uno ha tenido el privilegio de pasar a la página del Diario de mayor circulación. Con el apoyo de una ignota Iglesia Luterana Dinamarquesa cuyos fieles puede que quepan en un living y en una típica operación de prensa del lobby gay al cual sirve diligentemente el mencionado matutino el artículo nos deja el interrogante sobre como se ha producido el "milagro" de un niño con "dos mamás" y sobre todo, QUE PASÓ CON EL PADRE, porqué abandonó a su hijo, si está bien que un individuo abandone a su hijo, si las "madres", llamadas Claudia Giménez y Paola Relea  le contarán a su "hijo" quien es el padre o le darán la oportunidad de conocerlo o si, como habitual en las patermaternizaciones fraudulentas de algunas parejas homosexuales, quedará con su identidad truncada y estafada.

domingo, 13 de marzo de 2011

Derecho de Familia a la Carta o el Macrimonio

Mauricio Macri será padre en el mes de las elecciones




Esperó a casarse para tener su hijo. Le dió al matrimonio el significado que le negó cuando, incumpliendo sus deberes de funcionario público, no apeló las sentencias favorables a los matrimonoides gays con anterioridad a la ley 26.618 y coaccionó a los fiscales -a través de la Fiscal de la Cámara Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires, Dra.  Daniela Ugolini- para que no las apelaran. ¡¡No voten a Macri!!

 El matrimonio no es el macrimonio: desde que existe es una Institución (de importancia tan fundamental que es sacralizada en la mayoría de las civilizaciones) para encauzar ordenadamente la productividad biológica de la unión del hombre y la mujer, establecer la paternidad masculina cierta y crear el mejor e insuperable marco para el nacimiento, manutención y socialización de los niños. El hijo de Mauricio será de los afortunados que van quedando.

sábado, 12 de marzo de 2011

Sigue la producción de huérfanos.

Nació un bebé con dos mamás: Una puso el vientre y la otra puso el óvulo. CLARIN



Y entre las dos "sacaron" al niño su padre y su identidad: Otro huérfano más y con identidad suprimida y estafada por las patermaternizaciones fraudulentas de algunas parejas homosexuales. Además ¡¡¡pagada por la obra social!!!! (¿No era que la homosexualidad no es una enfermedad?)



Obviamente, el niño es solo hijo de la mujer que aportó el gameto femenino y del abandónico y desalmado individuo masculino anónimo que entregó irresponsablemente sus espermatozoides para crear un huérfano. Las leyes más avanzadas para prevenir fraudes a la identidad tienen por madre a la de "parto", caso de la legislación española. Según el art. 240 del código civil argentino es imposible que el niño se inscribe como "hijo" de las dos integrantes de esta asociación ilícita, estén o no "casadas". Es verdaderamente alarmante la forma irresponsable y folletinesca como "Clarín", siendo órgano masivo de comunicación trata el tema de las patermaternizaciones fraudulentas.
 ¿Se habrá dado cuenta la articulista de Clarín, Mariana García,  que no existe ninguna diferencia entre el modus operandi de estas mujeres y el de aquellas que van a Misiones o Santiago del Estero a comprar un niño? El mismo "amor", la misma estafa a la identidad de un niño..
Nació un bebé con dos mamás: Una puso el vientre y la otra puso el óvulo.




Y entre las dos "sacaron" al niño su padre y su identidad: Otro huérfano más y con identidad suprimida y estafada por las patermaternizaciones fraudulentas de algunas parejas homosexuales. Además ¡¡¡pagada por la obra social!!!! (¿No era que la homosexualidad no es una enfermedad?)



Obviamente, el niño es solo hijo de la mujer que aportó el gameto femenino y del abandónico y desalmado individuo masculino anónimo que entregó irresponsablemente sus espermatozoides para crear un huérfano. Las leyes más avanzadas para prevenir fraudes a la identidad tienen por madre a la de "parto", caso de la legislación española.  Según el art. 240 del código civil argentino es imposible que el niño se inscribe como "hijo" de las dos integrantes de esta asociación ilícita, estén o no "casadas". Es verdaderamente alarmante la forma irresponsable y folletinesca como "Clarín", siendo órgano masivo de comunicación trata el tema de las patermaternizaciones fraudulentas.
 
 ¿Se habrá dado cuenta la articulista de Clarín que no existe ninguna diferencia entre el modus operandi de estas mujeres y el de aquellas que van a Misiones o Santiago del Estero a comprar un niño? El mismo "amor", la misma estafa a la identidad de un niño..
 
 ¿Se habrá dado cuenta la articulista de Clarín, Mariana García,  que no existe ninguna diferencia entre el modus operandi de estas mujeres y el de aquellas que van a Misiones o Santiago del Estero a comprar un niño? El mismo "amor", la misma estafa a la identidad de un niño..

sábado, 26 de febrero de 2011

Los Registros Civiles no convalidan el fraude a la identidad de los niños


Los hijos de matrimonios gays aún no se inscriben como de ambos cónyuges

Los "hijos de matrimonios gays" no existen. El código civil es claro: la filiación solo se determina por "naturaleza" o por "adopción". Los registros civiles no convalidan el fraude a la identidad de niños huérfanos de padre o de madre generados por algunos homosexuales mediante manipulaciones con gametos anónimos y que quieren hacerlos pasar como imposibles "hijos" de una pareja monogenérica.

lunes, 31 de enero de 2011

Proyecto para legalizar la producción de huérfanos y la "bimaternidad"

Al niño se le ocultará quien es el padre...


Página 12 de hoy trae un comentario, firmado por Mariana Carbajal, especialista en hacer lobby para el aborto, sobre un proyecto que existiría en el Ministerio del Interior para, por decreto, inventar la bimaternidad de parejas lesbianas

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-161468-2011-01-31.html

La ley 26.618 no modificó el régimen de filiación del código civil, la cual según el art. 240 solo puede establecerse por "naturaleza" o por "adopción". Ahora se pretendería para el matrimonio "igualitario" inventar un nuevo privilegio: la "filiación por inscripción".


Los niños huérfanos de padre (y con identidad suprimida y estafada) generados por una mujer lesbiana con un donante anónimo de semen tienen por madre a dicha mujer. A pesar de lo que dice el título no existe la "comaternidad". La "esposa" lesbiana que no tiene vínculo biológico podría recurrir a la adopción del niño como está previsto expresamente en el art. 313 de la Ley 24.479 y como hacen en la misma situación los hombres casados en segundas nupcias con una mujer que ya tiene hijos. Ahora se quiere establecer (Tal como adelanta la noticia incluso por decreto, que no tendría ningún valor legal) un privilegio absurdo y que no cumple ninguna función protectora. Ya dijimos que la otra mujer podría adoptar, pero incluso dentro de la legislación actual de obras sociales se puede inscribir al "hijo del cónyuge" dentro de la obra social del otro consorte. (Ley 23.660,incs. a y b). Sobre la supuesta imposibilidad de heredar, se dan dos situaciones: o la mujer no tiene herederos legítimos y entonces puede testar el 100% a favor de ese hijo de su pareja o si los tiene (hijos verdaderos, ascendientes) y en consecuencia no sería justo que afecte la legítima de dichos herederos. De todos modos siempre le queda la posibilidad de testar el quinto, de manera que los "perjuicios" por ese lado son inexistentes. Lo de la afectación del l manejo escolar y hospitalario es absurdo, sirven simples notitas de la a la administración de los establecimientos autorizando a la otra persona, igual que se maneja actualmente el cónyuge no padre.
 
El tendencioso informe de Página 12 firmado por Mariana Carbajal (especialista en hacer lobby para el aborto) además incurre en falsedad cuando pretende que los niños engendrados con posterioridad a contraerse el "matrimonio" sí podrían inscribirse con dos "madres". Al respecto, lo único que contempla la ley 26.618 es una modificación del art. 36 de la ley 26.413 respecto a la inscripción del nombre del niño y que dice que en el caso de "matrimonio" entre mujeres (como uno de las tantas desprolijidades y absurdos de la ley de matrimonoide gay no contempla el supuesto de "matrimonio" entre hombres) se anotará el nombre de la madre "y su cónyuge". Estas inscripciones del nombre son las que se quieren hacer pasar mediáticamente ( y que la noticia menciona ocurrieron dos en Buenos Aires y una en Quilmes) y falsamente como "inscripción de dos madres". El consejo Federal de Registros Civiles dictaminó que la ley 26.618 no crea la "bimaternidad" y el Registro Civil de Buenos Aires rechazó en Noviembre una pretensión en tal sentido, pero que sugestivamente no tuvo difusión periodística.
 
Párrafo aparte merecen los dichos de María Rachid, actual vicepresidente del INADI, en la nota: "De todas formas, María Rachid, vicepresidenta del Inadi y ex titular de la Federación LGBT, considera que el cuadro que enfrentan las parejas de mujeres con hijos nacidos por inseminación artificial antes de la Ley 26.618 “es igual al de una pareja heterosexual que recurre a una técnica de fertilización similar, con un donante anónimo de esperma. Ese padre, que no es padre biológico, se anota como si lo fuera". Nada menos que una funcionaria pública pretende legalizar una práctica (la donación anónima de gametos) que no está contemplada en la ley y que configura el delito de supresión de identidad (art. 139 del código penal)

viernes, 28 de enero de 2011

Corte Constitucional Francesa: El matrimonio verdadero, sin su tergiversacion y frivolización por el matrimonoide gay, no es inconstitucional.

Histórico Fallo en el país de los Derechos Humanos


Aquí puede accederse al Fallo completo, en Francés

Es un fundamento simple y que debería ser más que obvio:

"Considerando que el artículo 6 de la Declaración de 1789 afirma que la ley "debe ser la misma para todos, ya sea que proteja o castigue" el principio de igualdad no se opone a que el legislador regle de manera diferente las situaciones diferentes que se aparten de la igualdad por motivos de interés general, siempre que en ambos casos, la diferencia de trato sea el resultado en relación directa con el objeto de la ley que la establece. Al mantener el principio de que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, el legislador, en el ejercicio de la jurisdicción concedida en el artículo 34 de la Constitución cree que la diferencia entre la situación de las parejas del mismo sexo y parejas compuestas por un hombre y una mujer pueden justificar un trato diferente con respecto a las normas Derecho de familia"

sábado, 25 de septiembre de 2010

¿Fertilización "asistida" o Fertilización artificial?

 La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires dio media sanción al proyecto de cobertura por obras sociales, prepagas y sistema público de salud de los tratamientos de Fertilización asistida exclusivamente homóloga.

http://bureaudesalud.com/v2/fertilizacion-asistida-media-sancion-en-la-provincia/.

Desde el punto de vista solamente jurídico (omito analizar la ecuación económica, conveniencia y oportunidad de la medida) me parece que:


1) Debería aclararse en el texto del art. 1ero. del proyecto: "homóloga, en matrimonios legítimos". No ...es posible que desde el propio Estado se siga vaciando de todo contenido al matrimonio hasta hacerlo absolutamente equiparable a la convivencia de hecho. (O ni tan siquiera eso, pues el término de fertilización homóloga podría aplicarse a una pareja meramente ocasional o no conviviente). Encuentro aquí una objeción constitucional, pues una ley provincial estaría modificando o neutralizando efectos del matrimonio, propios de la legislación de fondo.

2) Debería abandonarse el eufemístico "Fertilización Asistida" y reemplazarlo por "Fertilización artificial","no natural" o si se quiere un término politicamente correcto "Fertilización por acto médico". Obsérvese que estas técnicas se dividen en dos variantes: La inseminación artificial (simple o por transferencia intratubárica de gametos) y la fecundación extracórporea (esta a su vez distingue la Fertilización in vitro (Fiv), con Transferencia de embriones (Te) o transferencia intratubárica de embriones (Tie). Sii no hay problemas en llamar a una de estas variantes con el calificativo de "artificial" no veo cuál es la inconvenienca de llamar a todo el conjunto como "Fertilízación artificial".

3) El concepto fertilización "asistida" es netamente inexacto en el caso de la manipulación uniparental deliberada por parte de mujeres solas o en las ficcionales y patermaternizaciones conjuntas por parejas del mismo sexo que acuden a estas técnicas (las cuales conforman el 80% del "mercado" de donación de gametos anónimos y alquiler de vientres en paises donde rige el matrimonio entre personas de igual sexo). En estos supuestos el acto médico no "asiste" a una pareja de hombre y mujer estériles para ayudarlos a concebir, ya que el supuesto "paciente" es en realidad una persona fértil y la técnica tiene el reprochable fin de crear un huérfano de padre (caso de la manipulación homoparental deliberada de mujeres solas) o directamente suprimir la verdadera identidad del menor así generado, conducta que en el derecho argentino viola el art. 240 del código civil (que dispone que la filiación solo puede determinarse por "naturaleza" o "adopción") y constituye el delito de supresión de identidad (art. 139 inc 2 del código penal), además de la transgresión del art. 8 de la convención internacional de los Derechos del Niño, de rango constitucional, que vela por el resguardo de la verdadera identidad de los infantes.

4) Es reprochable la introducciónen el art. 2 de una supuesta definición objetiva de infertilidad por la "imposibilidad de procrear luego de un año de vida sexual activa" (bizarro eufemismo: ¿¿Hay un vida sexual "inactiva??). Cuando una pareja es infértil debe quedar siempre a criterio de una junta médica, pues puede diagnosticarse la patología sin esperar una año de "actividad" sexual o por el contrario que en un año una pareja "no la emboque" no quiere decir por sí solo que sea estéril. El simple transcurso del plazo de un año da pie a innumerables tergiversaciones de espíritu del proyecto, si verdaderamente tiene por finalidad "asistir" a parejas infértiles.

lunes, 19 de julio de 2010

Mi carta a los Senadores





Honorable Senador:








Hace unos días, el 24 de Junio, nada menos que la Corte Europea de Derechos Humanos con sede en Estraburgo acaba de sentenciar que el matrimonio hombre-mujer no viola ningún derecho humano. Mientras aquí se nos quiere llevar a los empujones allá ya están de vuelta.






Acudo a los Griegos antiguos, que de homosexualidad la sabían larga, sobre la clara diferencia entre lo que es la unión de un hombre y una mujer y la unión entre dos personas del mismo sexo:






"Entonces, si se verificaba la unión del hombre y la mujer, el fruto de la misma eran los hijos; y si el varón se unía al varón,la saciedad de los sentidos los separaba bien pronto y los restituía a sus trabajos y demás cuidados de la vida" (Aristofanes en diálogo sobre erotismo y sexualidad con Eriximaco, citados en "El Banquete" de Platón, aprox. año 380 a.c.)










Cuando vamos a una librería y pedimos una "birome negra" el empleado entiende la simplificación y nos entrega una birome de "tinta negra", no importa el color exterior. Cuando se dice que el matrimonio (el verdadero, hombre y mujer) sirve a la procreación también simplificamos pero el activismo pro "matrimonio" gay se hace el zonzo, lo toma al pie de la letra y nos pontifica que hay matrimonios sin hijos y que no hace falta casarse para tener hijos. En realidad la fórmula definitoria correcta del matrimonio (sin simplificaciones para oportunistas e ideólogos anifamilia) es: Institución creada para ser el cauce ordenado de la productividad biológica de los sexos opuestos, establecer la paternidad masculina cierta y dar el mejor marco para el nacimiento, manutención y socialización de los niños.






Ante la objeción de supuesta incongruencia respecto a que hay matrimonios estériles, solo cabe replicar que no es posible investigar ni comprobar la esterilidad de una unión hombre-mujer antes que se casen (y no me estoy refiriendo sólo al supuesto de parejas que no quieren tener relaciones sexuales prematrimoniales) ni fijar límites precisos de esterilidad en función de la edad avanzada (ni en mujeres ni en hombres) y por otra parte, no tendría ningún sentido "prohibir" tales matrimonios porque resultan un marco excelente para -a través del instituto de la adopción- dar una filiación paliativa a niños húerfanos.






Los DNI tienen forma de libreta porque necesitan hojas en blanco para llenar con los eventos electorales. La libreta de familia también requiere hojas en blanco para llenar con los nacimientos de hijos. Si el matrimonio no tuviera que ver con la procreación no existiría la libreta de familia. Los "matrimonios" gay deberían dejar la libreta de "familia" en blanco, salvo que recurran al experimento innecesario de adoptar niños (innecesario porque no hay faltante de aspirantes a padres adoptivos) o -lo que en realidad sucederá si se aprueba el proyecto de diputados y que queda medio escondido en la agitación mediática del tema- la mayoría de los "matrimonios" de igual sexo preferirán crear huérfanos de padre o de madre, mediante pater-maternizaciones fraudulentas con el alquiler de vientres o inseminaciones anónimas, alterando así la verdadera filiación de tales niños a cambio de mantener la ficción de una imposible "familización" de la homosexualidad. Esto es lo que está sucediendo en todos los países que aprobaron el "matrimonio" homosexual, donde las pretensiones del homosexualismo político no se detienen allí sino que avanzan hacia establecer la "normalización" de la homosexualidad en las escuelas, para enseñar aún a niños de primaria novedosas funciones de algún órgano y declarar caduca la realidad biológica de la reproducción, el sexo responsable, la familia como cauce y los valores de la solidaridad intergeneracional que ésta establece. Los padres son acusados de "homofobia" y sustraídos de la educación de sus hijos si pretenden otro enfoque educativo al respecto.






Las ventajas jurídicas que gozan los cónyuges verdaeros (hombre y mujer), contracara de sus amplios deberes, se explican por la diversidad de sexos y no por ninguna homofobia o afán discriminatorio del legislador (la ganancialidad, derivada de las cargas de la mujer para el cuidado de los hijos y la dificultad de trabajar, las pensiones por viudedad, por igual motivo, el régimen de herencia para los hijos, no para el cónyuge, el que solo es considerado como un hijo más y solo respecto a los bienes propios del otro cónyuge, etc. etc.)






Las parejas convivientes del mismo sexo conforman una realidad claramente distinta que puede tener regulación en algunos aspectos, si hubiera afán imitativo del matrimonio, como la que rige en Francia a través de los Pactos Civiles de Solidaridad, pero que netamente excluyen la "familización" de la homosexualidad, porque ninguna tercera persona se genera de la unión de dos personas del mismo sexo.






Por lo tanto una regulación de parejas del mismo sexo no debería incluir la autorización directa o implícita para las pater-maternizaciones fradulentas que algunas parejas homosexuales realizan (tampoco las que puedan realizar heterosexuales obviamente) a través del alquiler de vientres (por gays) o de inseminaciones anónimas de gametos masculinos por lesbianas, conductas que implican lisa y llanamente -sin eufemismos que valgan- la creación de huérfanos (huérfanos de padre o huérfanos de madre) y la supresión de la identidad de los niños así generados.






Tampoco debería contemplar la posibilidad -al margen de las buenas intenciones- que parejas homosexuales adopten en conjunto porque la adopción es un Instituto para dar una filiación paliativa a niños huérfanos, dandoles el padre y la madre que no tuvieron o perdieron, siguiendo el pacífico principio jurídico "adoptio naturae imitatur" (la adopción sigue la naturaleza) considerando siempre como prioritario el interés del menor y es de público y notorio que no hay faltantes de aspirantes a padres adoptivos, por lo que ninguna necesidad aconseja tal tipo de adopciones, siquiera por vía excepcional.






Tras los alegatos y hasta las presiones ultravictimistas inconvincentes -porque la sociedad argentina es esencialmente abierta y tolerante con las manifestaciones homoeróticas- se suele invocar -con alguna efectividad superficial, debo reconocer- que "el "matrimonio" entre personas del mismo sexo no hace mal a nadie, que los matrimonios tradicionales seguirán existiendo, que a nadie se obliga a casarse con una persona del mismo sexo", etc. etc.






En realidad, el daño social es inmenso. El "matrimonio" entre personas de igual sexo se quiere introducir como una moneda falsa (se usa como estandarte de demolición de supuestos baluartes discriminatorios, pero cabe recordar que hasta hace no más de 20 años -cuando no existía el divorcio-repudio- los colectivos homosexuales a nivel nacional y mundial consideraban al matrimonio como una Institución "opresiva y patriarcal"), y que como toda moneda falsa desvaloriza la verdadera y, además, siguiendo la Ley de Gresham, es la que más circula, o sea el "matrimonio" entre personas del mismo sexo será el rasero para nivelar hacia abajo el concepto de matrimonio. De institución fundamental para dar cauce ordenado a la productividad biológica de los sexos opuestos pasará a ser considerada una mera sociedad de socorros mutuos entre adultos, con menos requisitos y contenido que los que tiene una SRL.






Esconde -tras consignas falsamente antidiscriminatorias- un no confesado programa maximalista de centros ideológicos de derribo del "heterosexismo" y la familia (del que participan heteros y homos indistintamente y no todos los homos) que incluye como paso principal lograr un "matrimonio" desvinculado totalmente de la filiación, la comunicación de la nueva vida y la solidaridad intergeneracional.






Quedo a su entera disposición para cualquier aclaración,ampliación o dato que estime yo pueda aportar como ciudadano común interesado en la correcta estructuración del matrimonio y la familia, que sea conveniente para arribar a la mejor solución legal en la cuestión de las parejas estables convivientes del mismo sexo.






Saludo a Ud. muy atte






Ernesto Ricardo Lamuedra






Abogado